Agencias

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la orden que el Instituto Nacional Electoral (INE) hizo a los partidos políticos para respetar la paridad de género en las candidaturas para las gubernaturas de las elecciones de 2021.

Los magistrados indicaron que el INE no tiene facultad para emitir los lineamientos faltantes en la legislación correspondiente sobre la paridad de género.

De acuerdo con la magistrada Janine Otálora, el INE debió ejercer su facultad de atracción, por ello es que propuso la revocación del acuerdo.

El acuerdo del INE obligaba a los partidos a postular a siete mujeres en las 15 gubernaturas que se disputarán en 2021.

También se acordó que los partidos locales deberían postular preferentemente como candidata a una persona del género distinto a la registrada en la elección anterior; mientras que los partidos políticos locales de nueva creación deberían optar preferentemente por mujeres como candidatas a las Gubernaturas.

Aunque la magistrada Otero hizo la propuesta de atraer al TEPJF la facultad de cumplimentar la paridad de género entre partidos políticos, ésta fue rechazada.