Durante la sesión del INE, se detalló que a partir del día siguiente de la aprobación del dictamen, el PRD pierde todos los derechos y prerrogativas que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LGPP y demás normatividad aplicable, con excepción de las prerrogativas públicas correspondientes al resto del ejercicio fiscal 2024, que deberán ser entregadas por el INE a la persona interventora respectiva, de conformidad con lo establecido por el artículo 389 del Reglamento de Fiscalización.
Por otro lado, el PRD podrá optar por el registro como partido político local en la o las entidades federativas en cuya elección inmediata anterior hubiere obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida y postulado candidatos propios en al menos la mitad de los municipios y distritos, condición con la cual se le tendrá por cumplido y acreditado el requisito del número mínimo de militantes con que debe contar, establecido en la LGPP.
A partir de este momento, el PRD podrá presentar la solicitud de registro ante el Organismo Público Local Electoral o, en su caso, a partir de que haya concluido el proceso local extraordinario de la entidad de que se trate.
El PRD deberá cumplir las obligaciones que en materia de fiscalización establecen la LGPP, el Reglamento de Fiscalización y demás normatividad aplicable, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio.