La Corte Internacional de Justicia (CIJ) sentenció este miércoles que Nicaragua no puede extender su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas que delimitan su frontera marítima con Colombia.
«La Corte, por 13 votos a 4, rechaza la petición de la República de Nicaragua», dijo la jueza Joan E. Donoghue, presidenta del Tribunal de Naciones Unidas.
La Corte, por tanto, confirmó los límites marítimos que ya fijó en 2012, cuando otorgó la soberanía de esas islas a Colombia, pero le obligó a ceder casi 75,000 kilómetros cuadrados del mar Caribe al país centroamericano.
Pese a esa sentencia, Managua considera que existe una prolongación natural del continente que se extiende más allá de sus 200 millas marítimas y en 2013 presentó una demanda pidiendo al Tribunal Internacional que se la reconociese, pese que el territorio que reclamaba se solapaba con la zona de exclusión de Colombia.
Durante el juicio, los abogados de Colombia rechazaron la solicitud del país centroamericano, alegando que Bogotá no ha firmado la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que reconoce las plataformas continentales.
Un argumento que Nicaragua rebatió aduciendo que el derecho consuetudinario -que se basa en las costumbres de la práctica internacional- también se puede emplear para delimitar los límites territoriales en el mar.
La Corte ha concluido que, conforme al derecho internacional consuetudinario, el derecho de un Estado a una plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas a (…) no puede extenderse dentro de las 200 millas náuticas a partir de las líneas de base de otro Estado», recoge el fallo dictado hoy.
«De ello se deduce que, independientemente de cualquier consideración científica y técnica, Nicaragua no tiene derecho a una plataforma continental extendida dentro de las 200 millas náuticas desde las líneas de base de la costa continental de Colombia», continúa.
Se trata de una disputa histórica entre ambos países por una zona con reservas de gas y petróleo.
La Corte rechazó hoy la petición de Nicaragua, en una sentencia que es vinculante pero cuya aplicación depende única y exclusivamente de la buena voluntad de los Estados.