Ciudad de México.- El Senado de la República, aprobó por unanimidad el dictamen para prevenir la muerte súbita cardiovascular y garantizar a la ciudadanía espacios públicos y privados cardio protegidos, a través del equipamiento y colocación de desfibriladores automáticos externos en lugares estratégicos de alta concentración poblacional.

El dictamen promovido por el senador tamaulipeco Américo Villarreal Anaya, presidente de la Comisión de Salud en el Senado, es una reforma a la Ley General de Salud, para que la Federación regule la colocación de desfibriladores en espacios públicos y privados, centros de trabajo, culturales, deportivos, instituciones educativas o académicas, centros recreativos, terminarles de transporte aéreas y marítimas, así como aquellos que por la naturaleza de su actividad representen riesgos cardiovasculares, y que cuenten con flujos de más de 500 o 250 personas.

El senador Américo Villarreal Anaya con especialidad en cardiología, planteó detalladamente ante pleno del senado el gran problema de salud pública que representan para México las enfermedades del corazón, al estar consideradas entre las principales causas de muerte y que tan sólo en el 2018 provocó 146 mil 923 decesos, por lo que llamó a tomar medidas para prevenirlas y atenderlas.

En este sentido, sostuvo que es urgente contar con medidas que salvaguarden la vida y la salud de la población y para ello, es necesario que, a partir de ahora en cada uno de los edificios de atención pública, personal de protección civil y también dentro de las instituciones privadas cuenten con el equipo de desfibrilación automática externa y el fomento de programas educativos para su uso.

“Tomemos en consideración que el 70% de los ataques cardiacos no ocurren en clínicas u hospitales, sino en casas o espacios públicos como teatros, estadios, calles, transporte público, parques, etc. donde el paciente tiene alta probabilidad de perder la vida por no recibir ayuda oportuna”, agregó.

Un desfibrilador es un dispositivo médico que identifica el ritmo cardiaco y puede estimularlo si es necesario, pero además realiza una descarga eléctrica y revierte una arritmia maligna en caso de ser necesario.

Refirió que el paro cardiaco súbito debe tratarse oportunamente y de no hacerlo, puede provocar la muerte a la persona en pocos minutos. Si la persona está en riesgo de sufrir un ataque cardiaco, un desfibrilador, podría salvarle la vida y en su caso permitir que llegasen los paramédicos y/o los servicios de emergencia.

Detalló Américo Villarreal que la legislación secundaria en materia de salud tiene la obligación de implementar regulaciones que establezcan políticas públicas que deriven programas y acciones estratégicas que atiendan las urgencias médicas, y por ende la prevención, atención y disminución de las muertes ocasionadas por los paros súbitos cardiacos.